Para determinar si un mensaje publicitario
es falso, en primer lugar debe establecerse si se refiere a aspectos objetivos
de los productos, o si se hacen afirmaciones que pueden ser medibles y en
consecuencias comprobables.
De acuerdo con esto, debe compararse el mensaje
transmitido con las características del producto que se publicita, con el fin
de determinar si la información se ajusta a la realidad o si es errónea o
equivocada. En tal sentido, la calificación de cierto o falso que se haga del anuncio, requiere que se
realice un cotejo y una comprobación del mensaje con la realidad que el mismo
transmite.
Se trata de aquellas afirmaciones objetivas
que, a pesar de ser literalmente ciertas, trasmiten un mensaje o una
representación engañosa del producto que se anuncia, capaz de inducir en error
al destinatario.
Un ejemplo puede ser un mensaje en el que se presentan
datos estadísticos de preferencias de consumidores, en forma tal que el
destinatario los percibe como absolutos, cuando realidad es que son parciales y
han sido des contextualizados
ELOGIOS SUBJETIVOS QUE HACE UNA
ANUNCIANTE
Este tipo de publicidad hace relación a la
práctica publicitaria en la que el mismo anunciante elogia a sus productos o
servicios. Estos casos corresponden a afirmaciones que, a pesar de no poderse
verificar y al mismo tiempo no son ciertas, tampoco inducen a engaño.
Las afirmaciones subjetivas que de alguna
forma envuelven una exageración son permitidas
y no requieren ser comprobadas ya que el destinatario no las percibe como
engaño, sino como un elogio normal en la publicidad, no es determinable, ni lo
afecta en su decisión final. Una muestra de una afirmación subjetiva es “el
champú mas rendidor del mercado”. En este último caso, el anunciante deberá
presentar las estadísticas que respalden su afirmación.
El destinatario asume que durante la fabricación de
los productos se han realizado investigaciones y controles de calidad que
respaldan las características que se publicitan.
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